Cómo garantizarse el cobro del alquiler de una vivienda

Con la que está cayendo, mejor un seguro de impago.

¿Quiere alquilar su piso?

Es buen momento para hacerlo e incluso los expertos señalan que es rentable comprar viviendas con vistas a alquilarlas después.

Pero inevitablemente existe un cierto miedo que tienen muchos propietarios a la hora de alquilar, y es al impago por parte de los inquilinos o a los destrozos del inmueble. Pero son riesgos que puede minimizar.

Hay varias alternativas. 

 

'Plan Alquila'

Por un lado está el Plan Alquila de algunas comunidades, como la de Madrid. En este caso la comunidad gestiona e intermedia entre propietarios e inquilinos.

La comunidad ofrece un asesoramiento personalizado desde la firma del contrato hasta su resolución y media en caso de conflicto entre las partes. Realiza un inventario completo de la vivienda para darla a conocer, asesora al propietario en cuestión del precio más conveniente a fijar para alquilarlo, busca y selecciona inquilinos fiables y solventes y cuenta con asesoramiento jurídico. Incluye la contratación de un seguro gratuito que cubre durante 12 meses los posibles impagos. Gestiona el depósito de la fianza en el Ivima y su devolución. Eso sí, es la comunicad la que orienta y ¨fija¨el precio del alquiler de la vivienda.

 

Contratar seguros de impagos.

Lo que hacen la mayoría de las inmobiliarias y empresas especializadas, contratar seguro para cubrir el impago del alquiler.

Son una garantía cara al propietario para evitar los efectos de sorpresas desagradables por parte del inquilino.

La contratación de este tipo de pólizas sustituyen cada vez más al aval bancario.

Estas coberturas, por regla general, garantizan a los propietarios el cobro del alquiler y pueden incluir una cobertura por los desperfectos que pudiera causar el inquilino por actos vandálicos. También pueden incluir el servicio de abogados para la defensa jurídica del titular de la póliza.

Protege al propietario ante cualquier problema que pueda surgir con el alquiler de su vivienda, desde un impago a un desacuerdo con el inquilino sobre quién debe pagar una reparación. Los gastos de abogados, procurador o tasas quedan garantizados y, además, en caso de que haya un impago del alquiler según la póliza contratada, se adelanta las rentas impagadas mientras se está llevando el caso intenta mediar con el inquilino desde el primer mes que deja de pagar, advirtiéndole de sus obligaciones. Y, en las situaciones en las que no es posible llegar a acuerdos, se pone en marcha la maquinaria judicial, aunque los propietarios pueden desentenderse del proceso.

Si se acaba tramitando un desahucio, la póliza también indemnizará por los actos vandálicos y por el pago de los gastos ocasionados por la limpieza de la vivienda. 

¿Qué coberturas suele incluir el seguro?

Dependiendo de la compañia que hayas contratado y el tipo de póliza son unas u otros las coberturas, pero, en téminos generales, estas son las que practicamente cualquier compañía cubre con la póliza más básica.

  • Adelanto de rentas en caso de impago, hasta 12 meses, que se empiezan a abonar en el momento de tramitar la demanda, con efecto retroactivo y sin tener en cuenta el primer mes de franquicia que tiene el seguro
  • La defensa y la reclamación en caso de incumplimiento de contrato
  • La indemnización por actos vandálicos al continente en caso de desahucio, con posibilidad de ampliarla al contenido
  • Gastos de cerradura y cerrajero en caso de desahucio
  • Gastos de limpieza de la vivienda en caso de desahucio
  • Defensa de responsabilidad penal
  • Todos los gastos de abogados, procurador y tasas incluidas en cualquier gestión relacionada con el alquiler
  • El asegurado cuenta también con un servicio de atención jurídica telefónica a su disposición para resolver cualquier duda legal.

¿Qué precio tiene el seguro de alquiler?

El precio del seguro de impago de alquiler varía en función de los servicios que contrate cada cliente, ya que la póliza es flexible y adaptable a las necesidades de cada propietario. Por ejemplo, los arrendadores pueden escoger el número de meses que quieren que el seguro cubra en caso de impago (normalmente son 12) o si queremos eliminar la franquicia del primer mes en el adelanto de las rentas.

De media, el coste del seguro de alquiler rondará entre el 3% y el 5% de las rentas anuales que el propietario obtenga.

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